Amplio repaso a todas las novedades que YA están en vigor con la entrada de la reforma de la Ley de Tráfico.
ACTUALIZACIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONES
A partir de ahora, programar el navegador mientras se conduce o circular con la matricula ilegible, serán considerados como infracciones graves.
Y también, a partir de ahora, circular en bicicleta por la noche sin elementos reflectantes y sin usar el alumbrado reglamentario serán infracciones leves.
Además, se unifica el importe de las multas de tráfico independientemente de dónde se cometa la infracción y del organismo que las imponga.
> Infracciones leves: Hasta 1 euros
> Infracciones graves: 2 euros
> Infracciones muy graves: 5 euros
También se simplifica el importe de las multas por exceso de velocidad. Esta información esta disponible en la Web de la DGT.
MÁS CLARIDAD EN LOS PAGOS
Con la nueva ley, el infractor tendrá un plazo de 20 días naturales desde la notificación para pagar la multa o realizar alegaciones. Si decide pagar, se beneficiará de un descuento del 50% del importe de la sanción. En este caso, el procedimiento termina y no se podrán formular alegaciones ni recursos.
COMUNICAR QUIEN CONDUCE ES MAS SENCILLO
Ahora la identificación del conductor será más rápida y eficaz porque se podrá realizar por Internet.
INTERNET AL SERVICIO DEL CONDUCTOR
Hemos creado la Dirección Electrónica Vial (DEV). Si el conductor lo desea podrá sustituir su dirección postal por su dirección electrónica.
A partir de ese momento, recibirá en su correo electrónico y en su teléfono móvil las notificaciones de las infracciones.
Además, podrá recibir por la misma vía el aviso de caducidad de su permiso de conducción, su saldo de puntos o cualquier información relativa a su vehículo.
Otra novedad es el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), que sustituirá a los tradicionales Boletines Oficiales. En este tablón, al que se accede a través de la Web de la DGT, se podrán conocer aquellas infracciones que no hayan podido ser notificadas en el domicilio o a través de la Dirección Electrónica Vial.
•Entrada en vigor 25 de Noviembre de 2010
MÁS FACILIDADES PARA EL PAGO
Además de los medios habituarles, cada conductor podrá realizar el pago de las multas por Internet*.
Además se establecerán otros sistemas, como el pago en carretera mediante tarjeta de crédito.
•Ya en vigor
MENOS INFRACCIONES QUE RESTAN PUNTOS
Con la nueva ley queremos que todo sea más justo para los buenos conductores. Para ello, se reducen de 27 a 20 las infracciones que conllevan pérdida de puntos.
•Ya en vigor
RECUPERACION DE PUNTOS
Se amplían de 4 a 6 los puntos que se pueden recuperar en los cursos de recuperación parcial de puntos.
•Entrada en vigor 25 de Mayo de 2010
SE ELIMINAN LAS SUSPENSIONES
Se elimina la suspensión temporal del permiso de conducir por una infracción grave o muy grave. Sólo se perderá el permiso cuando se haya agotado el saldo de puntos o por sentencia judicial.
•Ya en vigor
MÁS DIFICIL PARA EL QUE NO PAGA
Los conductores que incumplan las normas tendrán más difícil eludir sus responsabilidades con la administración, ya que, con cuatro sanciones graves o muy graves sin pagar, no podrán hacer ningún trámite con su vehículo.
•Entrada en vigor 25 de Mayo
| 1. Conducir con exceso de alcohol (valores miligramos/litro aire espirado): | 6 |
| * Superior a 0,50 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años) |
| * Superiores a 0,25 hasta 0,50 mg/l (0,15 hasta 0,30 mg/l profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años) | 4 |
| 2. Conducir bajo los efectos de drogas o estupefacientes | 6 |
| 3. Negativa a someterse a test de alcoholemia o drogas | 6 |
| 4. Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales | 6 |
| 5. Conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de los sistemas de detección de radar | 6 |
| 6. Exceder en más del 50% los tiempos de conducción o aminorar en mas del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre | 6 |
| 7. Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad | 6 |
| 8. Conducir sin la clase de permiso o la licencia necesarios | 4 |
| 9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación | 4 |
| 10. No respetar la prioridad de paso, las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo | 4 |
| 11. Realizar adelantamientos indebidos | 4 |
| 12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas | 4 |
| 13. Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas | 3 |
| 14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías | 4 |
| 15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación | 4 |
| 16. No respetar la distancia de seguridad | 4 |
| 17. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos los auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención | 3 |
| 18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección | 3 |
| 19. Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo | 4 |
| 20. Conducir excediendo los límites de velocidad: |
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| LIMITE | 30 | 40 | 50 | 60 | 70 | 80 | 90 | 1 | 110 | 120 | PUNTOS |
| EXCESO DE VELOCIDAD | 31 50 | 41 60 | 51 70 | 61 90 | 71 1 | 81 110 | 91 120 | 101 130 | 111 140 | 121 150 | - |
| 51 60 | 61 70 | 71 80 | 91 110 | 101 120 | 111 130 | 121 140 | 131 150 | 141 160 | 151 170 | 2 |
| 61 70 | 71 80 | 81 90 | 111 120 | 121 130 | 131 140 | 141 150 | 151 160 | 161 170 | 171 180 | 4 |
| 71 80 | 81 90 | 91 1 | 121 130 | 131 140 | 141 150 | 151 160 | 161 170 | 171 180 | 181 190 | 6 |
| 81 | 91 | 101 | 131 | 141 | 151 | 161 | 171 | 181 | 191 | 6 |
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